El plan ‘B’ del Gobierno: el decreto de RTVE contempla nombrar un administrador único si no se renueva el consejo

El nuevo diseño de RTVE aprobado este martes por el Gobierno dibuja una nueva estructura de poder en la corporación, con más consejeros de poder más diluido, un PP en minoría y una Presidencia que ostenta más competencias que nunca antes en el ente público y que permite al PSOE asegurarse el control del ente público a través de esta figura. Una presidencia que ostentará previsiblemente un consejero designado por el PSOE y que aspira a contar con el respaldo del resto de socios parlamentarios, a los que el Gobierno ha dado cabida en la cúpula gracias a la ampliación del Consejo de Administración, que pasa de diez a quince asientos.

Pero más allá de este diseño, que impide la existencia de “contrapesos” en la cúpula de RTVE, según fuentes internas, el Ejecutivo se reserva un plan B, que puede aplicar en caso de que no logre la mayoría absoluta en el Congreso para la elección de los consejeros o bien en la elección del nuevo presidente de RTVE, elegido dentro del Consejo de Administración.

El Plan B

En caso de no lograr el acuerdo con el resto de socios en cualquiera de estos dos puntos, el Gobierno se reserva la opción de nombrar a un nuevo administrador único que lleve en solitario las riendas de RTVE, una figura que ya ocupó Rosa María Mateo y que el Tribunal Constitucional ya declaró inconstitucional. Algo que también puede hacer en caso de que el PP no nombrara a los cuatro consejeros que les corresponde designar en el Senado, según establece el real decreto.

El texto del Real Decreto-ley 5/2024, que modifica con carácter urgente la Ley 17/2006 de la radio y la televisión de titularidad estatal y al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, establece en su artículo 11.4 que, “si de acuerdo con las mayorías anteriormente previstas las Cámaras no hubieran procedido a la elección de los consejeros que le correspondan, o a la elección de la persona titular de la presidencia, el Gobierno propondrá el nombramiento de un Administrador Provisional Único para la Corporación“, que también deberá ratificarse mediante dos tercios en primera votación o mayoría absoluta en una segunda vuelta, pasadas 48 horas de la primera votación.

Esta figura tiene un carácter provisional, pero puede prorrogarse de manera indefinida para que solo una persona tenga el control total de RTVE, en una fórmula que podría facilitar el control del Gobierno de la corporación púiblica, en caso de que se complicasen las mayorías parlamentarias. Así, el texto establece que “el Administrador Provisional Único tendrá un mandato máximo de tres meses, que será prorrogable si en este periodo no se hubiera procedido a la elección de los consejeros que corresponda o, en su caso, a la elección de la persona titular de la Presidencia”.

Así, se establece que “el administrador provisional único se encargará de la administración y representación de la Corporación hasta que se produzcan los nombramientos de los consejeros y de la presidencia de acuerdo con el procedimiento anteriormente previsto”.

Plenos poderes del presidente

El real decreto, en cualquier caso, contempla unos poderes inéditos para un presidente en la corporación pública, con nuevas tareas que hasta ahora correspondían al Consejo de Administración y que ahora se adjudican a la Presidencia, según el artículo 20 del texto. El nombramiento de los siete miembros de la alta dirección o la aprobación del organigrama de RTVE estaban hasta ahora sometidos a la aprobación de la cúpula, pero a partir de ahora podrá recaer únicamente en las espaldas del nuevo presidente.

Ahora se establece por ley que los contratos de hasta dos millones de euros podrán ser aprobados por la Presidencia, y solo los mayores a este importe tendrán que pasar por el consejo, algo que ya se hacía en la práctica pero que ahora toma forma legal. En otras etapas de RTVE, esta cuantía era sustantivamente inferior y todos los contratos que superasen el medio millón de euros debían aprobarse en altas instancias.

Una de las nuevas competencias que más poder dará al nuevo Presidente es el de “conferir y revocar poderes” a terceras personas, pudiendo así establecer y diseñar el orden de competencias dentro de la corporación sin que estén necesariamente regladas por ley, y sin que deban cumplirse requisitos para el desempeño de determinadas funciones. Esta nueva asignación permite hacer y deshacer de manera casi total, sin tener que respetar de facto la mayoría salida en el Consejo de Administración, que podrá ser sorteada sin votación y simplemente con la acción presidencial.

Decreto in extermis

A lo largo de la elaboración del decreto, el Gobierno ha ido enviando borradores del texto a sus socios parlamentarios, con el objetivo de contar con su apoyo para la ratificación del decreto en el Congreso. El texto, que no fue remitido al PP, se ha rematado a contrarreloj en las últimas horas previas a su aprobación, ante la creciente inestabilidad de RTVE tras expirar a final de septiembre el mandato de seis meses de la presidenta interina, Cascajosa, y la amenaza de que sea revocada en el próximo Consejo extraordinario, previsto para la semana que viene.

El documento ha sufrido modificaciones de última hora, y en el borrador del jueves pasado ni siquiera se contemplaba la ampliación a 15 consejeros, manteniéndose en los 10 anteriores. La decisión de llevar el real decreto al Consejo de Ministros no se adoptó hasta este lunes noche, cuando se decidió precipitar la norma por razones “de extraordinaria y urgente necesidad”, reguladas en el artículo 86 de la Constitución, según consta en el texto del decreto. Ni siquiera el grupo parlamentario de Sumar estaba al tanto de la premura de la aprobación.

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