El Tribunal Constitucional se ha mostrado tajante y ha rechazado por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por el exdiputado del PP Alberto Casero por haber votado por error a favor de la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez. El pleno considera que la decisión de la entonces presidenta de la Mesa del Congreso de computar su voto, que había realizado de forma telemática al encontrarse indispueto, no vulneró ninguno de los derechos fundamentales del entonces diputado.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, se remite a la doctrina constitucional relativa al derecho de voto de los parlamentarios y, muy especialmente, en el principio de personalidad del voto, del que deriva que su ejercicio ha de ser presencial como regla general y que cuando, de modo excepcional, se permita su ejercicio en ausencia, será necesario que el voto se emita de tal modo que se garantice que expresa la voluntad del parlamentario ausente y no la de un tercero que pueda actuar en su nombre.
Sobre esas premisas, y tras sintetizar la evolución de la regulación del voto telemático en el Congreso de los Diputados, la sentencia concluye, por una parte, que la verificación de la emisión personal del voto se realizó de acuerdo con la normativa parlamentaria aplicable en el momento de los hechos.
En dicha normativa se establecía que el voto se emitiría a través de la intranet de la Cámara, con la introducción de usuario y contraseña, sin más requisitos para su comprobación; en particular, sin comprobación telefónica, sistema que había quedado temporalmente desplazado en virtud de la crisis sanitaria causada por la pandemia de covid.
Enlace de origen : El TC rechaza el recurso del exdiputado Casero por apoyar por error la reforma laboral del Gobierno