Piden cesar a los mandos del Ejército procesados por la muerte de dos militares en Cerro Muriano

La familia de uno de los dos militares fallecidos durante una maniobra en la base militar cordobesa de Cerro Muriano el 23 de diciembre de 2023 ha pedido a la jueza del caso que “suspenda en funciones y cese en el destino” a los cinco altos mandos procesados.

Según ha sabido el canal de investigación y sucesos de Prensa Ibérica, los padres del soldado Carlos León solicitan al juzgado Togado Militar Central 2 que aparte del Ejército a todos los acusados, “como medida cautelar” hasta que se celebre el juicio contra ellos y el tribunal dicte sentencia. Se trata de un Capitán, un Teniente, un Comandante, un Teniente Coronel y un Coronel. A todos ellos se les imputan dos delitos contra los deberes del servicio y dos delitos más en grado de tentativa por las muertes del soldado y del cabo Miguel Ángel Jiménez.

Este medio ha podido saber que el Ministerio de Defensa trasladó hace unos meses a uno de ellos, el capitán que ordenó y estuvo presente en la maniobra en que perdieron la vida los dos militares, y en lugar de apartarlo le dio un nuevo destino en el Estado Mayor de la Defensa. Concretamente, en la Jefatura de Recursos Humanos.

Gravedad de los hechos

“La gravedad de los hechos avalan que los órganos con competencia para ello realicen una valoración acerca de decretar el cese en funciones de los procesados, dado que las conductas de los interesados comprometen gravemente la actuación de los mismos como miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado”, afirma Luis Romero, abogado de la familia del soldado León, en un escrito enviado el pasado 3 de abril y al que ha accedido este medio.

Se acogen al artículo 143 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, del Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas, que establece que “el pase a situación de suspenso de funciones del militar profesional se podrá acordar como consecuencia del procesamiento, inculpación o adopción de alguna medida cautelar contra el imputado en un procedimiento penal o por la incoación de un expediente gubernativo”.

De acuerdo con esa Ley, “el Ministerio de Defensa, valorando la gravedad de los hechos imputados, la existencia o no de prisión preventiva, el perjuicio que la imputación infiera al régimen de las Fuerzas Armadas o la alarma social producida, podrá acordar la suspensión en el ejercicio de sus funciones, determinando expresamente si dicha suspensión conlleva el cese en el destino”.

Disciplina y jerarquía

Para la familia del soldado León, la gravedad de los hechos investigados es “desmesurada”, tal y como refleja el auto de procesamiento dictado por el Tribunal Militar. Recuerdan que se les ha procesado por su posible responsabilidad “en dos muertes” y que estas se produjeron en acto de servicio y se investigan en el contexto de “una organización militar asentada en los pilares de la disciplina y la jerarquía“.

En su escrito, piden a la jueza del caso que cese a los cinco mandos del Ejército con una “finalidad ejemplarizante”, para dejar constancia de que “la autoridad judicial y administrativa no permanecen indiferentes ante la comisión de un presunto delito de tal gravedad o que entraña una actuación dolosa de los miembros superiores de las Fuerzas Armadas”.

Ansiedad colectiva

Añaden, además, que las muertes del soldado León y el cabo Jiménez “han generado alarma social y una situación de ansiedad colectiva e incertidumbre” en la sociedad y, especialmente, en la comunidad militar: “El suceso ocurrido fue y es percibido como un hecho grave e inesperado por la comunidad. La muerte de dos personas en circunstancias dramáticas genera una reación de miedo, preocupación e indignación entre los propios miembros de las Fuerzas Armadas y el personal futuro que quiera pertenecer a ellas y también entre los propios ciudadanos”.

Los padres del soldado fallecido aseguran que lo ocurrido “ha generado una demanda de intervención por las autoridades y cambios en las políticas de seguridad. La población exige respuestas o medidas para evitar que algo similar vuelva a ocurrir, más aún teniendo en cuenta que los mandos procesados conocían las consecuencias fatídicas que podían suponer la realización de este ejercicio en las consiciones en las que se les exigió”.

Sostienen que los mandos procesados han dañado un grave perjuicio al servicio, otra de las condiciones que debe darse para que la justicia militar considere cesarlos. “Las muertes se produjeron en acto de servicio. Pero además, las actuaciones por las que se sigue la causa penal afectan en gran medida a las Fuerzas Armadas y a la imagen y percepción que la sociedad tiene respecto de la Institución, concretamente de los numerosos oficiales procesados”, concluyen.

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